Nuevos Certificados Electrónicos
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Nuevos Certificados Electrónicos

Nuevos Certificados Electrónicos

Conforme a la aplicación de la nueva normativa europea, Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014, por el que se deroga la Directiva 1999/93/CE, desde el 1 de Julio de 2016 han dejado de emitirse los certificados de firma electrónica de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) tanto de personas jurídicas como de entidades sin personalidad jurídica. Para estas últimas, en su lugar, tan solo se emitirán certificados de sello electrónico (que nos permite acreditar la autenticidad del origen y la integridad del documento sellado) o certificados de firma de persona física, representante de persona jurídica o entidad sin personalidad jurídica.

Esto no quiere decir que los certificados de firma electrónica de personas jurídicas y de entidades sin personalidad jurídica no puedan seguir utilizándose, sino que se utilizaran hasta su caducidad o revocación, sin posibilidad de renovarse.

La AEAT que actúa como Oficina de Registro de los certificados emitidos por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, los certificados emitidos como reconocidos se relacionarán en la base de datos nacional y en la lista de confianza de prestadores de servicios de certificación como certificados no reconocidos, en la forma prevista por la Decisión de ejecución (UE) 2015/1505 de la Comisión, de 8 de septiembre de 2015, por la que se establecen las especificaciones técnicas y los formatos relacionados con las listas de confianza de conformidad con el artículo 22, apartado 5, del Reglamento (UE) no 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Desde el 6 de Julio de 2016 se expide por la FNMT los siguientes certificados:

  • Certificado de Representante de Entidad sin Personalidad Jurídica.

  • Certificado de Representante Persona Jurídica.

  • Certificado de Representante para Administrador Único o Solidario.

Forma de obtenerlos

Este último certificado se puede obtener a través de la página web-CERES, sin necesidad de aportar ninguna documentación, tan solo identificándose con un certificado de persona física expedido por FNMT o con DNI electrónico. En caso contrario deberá de personarse en una de las oficinas de registro para obtener un certificado de representante, con la documentación apropiada.

Coste de los nuevos certificados

  • Representante de persona jurídica ; 14€.
  • Administrador único o solidario; 24€.

Ventajas/mejoras de los nuevos certificados

  • Los certificados de representación de persona jurídica pueden ser utilizados para la relación con cualquier Administración.

  • Los certificados de representación de administrador único o solidario pueden ser utilizados para las relacionarse con las AAPP y con  empresas privadas (contratación de bienes o servicios). Adicionalmente, la conexión entre FNMT – RCM y el Colegio de Registradores dota a este tipo de certificados de una mayor seguridad jurídica: el certificado quedará revocado en los casos de disolución de la entidad representada o de terminación de la representación.

  • Sin coste adicional, los nuevos certificados de representación son de validación abierta, esto implica que no se requiere de la firma de ningún contrato/convenio con la FNMT-RCM y pueden emplearse en multitud de productos que ofrece la Administración y en las relaciones comerciales con terceros para la firma de facturas, envío de correos, firma de PDFs, etc.

  • Estos certificados incorporan las últimas recomendaciones de seguridad, lo que supone una mejora tecnológica de los mismos, dando mayor seguridad al uso de los certificados electrónicos en las transacciones telemáticas.

  • Si se dispone de un certificado de persona física de la FNMT-RCM o un DNIe, se puede obtener el certificado de administrador único o solidario sin tener que personarse en una oficina de registro, identificándose a través de internet (siempre y cuando el certificado de persona física no provengan de una renovación). En cualquier caso, ya no es necesario ir al registro mercantil para la acreditación de las facultades de representación, reduciendo el número de viajes/trámites que se necesitan para obtener el certificado.

  • Se emite conforme al Reglamento Europeo de Identificación Electrónica (eIDAS), obteniendo así validez a nivel europeo.

  • El nuevo certificado cuenta con un servicio de soporte técnico específico.

Periodo de Validez

Los tres tipos de certificados de Representación emitidos por la FNMT-RCM tienen un periodo de validez de 2 años. El periodo de validez se incluye en el Certificado

Documentación aportar en cada caso:

 

Marta Carbonell Peinado

Economista – Área Fiscal – areafiscal@sotodoce.com

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