26 May PROTECCIÓN DE DATOS: LA IMPORTANCIA DE UN SERVICIO LEGAL DE CALIDAD
La gran mayoría de personas físicas o jurídicas que ejercen una actividad empresarial o profesional, se valen de los “conocimientos” de familiares, amigos, o empresas low cost no certificadas oficialmente como especialistas en protección de datos para adaptar sus negocios a la normativa vigente.
Esta práctica habitual por parte de empresas y profesionales es un ERROR puesto que el servicio de protección de datos implementado en una empresa no consiste únicamente en la entrega de la documentación requerida y una posterior visita anual de cortesía al establecimiento, sino en el continuo asesoramiento por expertos legales en la materia que actualicen los documentos en función de las nuevas directrices, recomendaciones de la AEPD, resoluciones judiciales o cambios normativos que se produzcan, todo ello con la finalidad de evitar cualquier tipo de riesgo innecesario en las empresas y ser sancionadas por ello.
A tal efecto, cabe mencionar, según la reciente memoria emitida por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), que las reclamaciones interpuestas por vulneración de los derechos y obligaciones emanados del Reglamento General Europeo de Protección de Datos (RGPD) y la Ley 3/2018 de protección de datos y su normativa de desarrollo, se han visto incrementadas en un 35% respecto al año anterior, habiéndose realizado en el 2021 casi 14.000 reclamaciones frente a la AEPD, con sus correspondientes expedientes de inspección y sancionadores.
A modo ejemplificativo de la importancia que tiene estar rodeados de profesionales expertos en la materia que presten asesoramiento continuo y actualizado, cabe señalar, al hilo de lo mencionado en otro artículo de nuestro blog dedicado a las pautas que debe seguir una empresa la hora de recibir un currículum vitae por parte de un candidato, que recientemente la AEPD ha sancionado a una empresa con 20.000€ por no cumplir las exigencias legales emanadas del RGPD.
Recordemos que cuando un candidato entrega el currículum en una empresa, surgen varias obligaciones para esta última:
- Dar acuse de recibo al candidato de la recepción de su CV mediante la entrega de un documento en el que se le informe sobre el tratamiento de sus datos personales y del ejercicio de sus derechos ante el responsable del tratamiento. En este caso no es necesario recabar el consentimiento del candidato para tratar sus datos mientras dure el proceso de selección.
- Ahora bien, si una vez finalizado el proceso de selección finalmente el candidato no resulta seleccionado se le deberá notificar la cancelación de sus datos. En caso contrario, si la empresa desea mantener los datos del candidato en el sistema deberá recabar su consentimiento expreso para ello.
Como última novedad importante a destacar en el ámbito de la protección de datos, es la finalización del plazo para adaptar los contratos con los proveedores encargados del tratamiento a las exigencias del RGPD. Todos los contratos firmados antes del 25/05/2018 tenían un plazo de adaptación que finaliza el 25/05/2022, por lo que a partir de esta fecha, operar con dichos proveedores sin adaptar el clausulado del contrato a la normativa es un incumplimiento que podría suponer altas sanciones económicas para la empresa.
Es por esto por lo que, si lo que realmente desea la empresa o profesional es proteger su negocio de cualquier denuncia y sanción administrativa, con el consecuente daño reputacional que ello conlleva para su actividad, resultará imprescindible apostar por el valor añadido, calidad del servicio legal y contar con los servicios profesionales de una empresa experta en protección de datos.
En SOTODOCE ABOGADOS Y ECONOMISTAS contamos con profesionales expertos y cualificados que facilitan el conocimiento necesario y la correcta adecuación de cualquier actividad empresarial o profesional en materia de protección de datos personales para evitar cualquier tipo de sanción por el desconocimiento e incumplimiento de la norma.
Sotodoce Abogados y Economistas
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